Una nueva sentencia obliga a reponer la placa de Largo Caballero en la Junta de Chamberí

El concejal aseguró en el último Pleno que los fallos están recurridos, por lo que no son firmes


El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 ha anulado el acuerdo del Pleno celebrado en septiembre de 2020 por el que se retiró la placa al dirigente socialista Francisco Largo Caballero de la fachada de la Junta Municipal de Chamberí. La sentencia, que estima el recurso presentado por el Grupo Municipal Socialista, declara no conforme a derecho e impone el pago de costas al Consistorio y al resto de partes, como la asociación Raíces.

Se trata del segundo revés judicial que recibe esta actuación municipal, tras el fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 30 a favor del recurso presentado por la Unión General de Trabajadores, debido a la “falta de soporte en hechos contratados” de la proposición aprobada y por la cual se retiraría la placa en octubre de 2020, apenas un mes tras la resolución municipal.

Interpelado durante el último Pleno de Cibeles por Luis Cueto, edil del Grupo Mixto, el concejal presidente de Chamberí, Javier Ramírez argumentó que ambas sentencias “están recurridas, y el juzgado ya denegó las medidas cautelares solicitadas, por lo que lo lógico y razonable es esperar a que el TSJM resuelva definitivamente la controversia”.

Además del desmantelamiento de la placa, el acuerdo alcanzado por el Pleno de Cibeles dio pie a la retirada de los nombres de la avenida de Largo Caballero y del bulevar de Indalecio Prieto del callejero madrileño.

El acuerdo, aprobado por PP, Ciudadanos y Vox a instancias de este último, se apoyaba en la Ley de Memoria Histórica y en la ordenanza de denominación de vías. Sin embargo, el juzgado señala en esta nueva sentencia que las conductas y trayectoria de Largo que justificarían la decisión “no aparecen acompañadas (…) de las fuentes de conocimiento de los hechos y acusaciones que en la misma se contienen, lo que resulta imprescindible al objeto de revestirlas de una mínima objetividad”.

Una falta de justificación a la que se une “la ausencia de datos temporales precisos que vinculen los hechos que se atribuyen con la sublevación militar de 1936, la Guerra Civil o la posterior represión de la Dictadura”, y la falta de explicación sobre cómo tales hechos “suponen la exaltación de aquellos”. Una “insuficiencia de motivación” que deja sin efecto la retirada tanto de la placa como de las denominaciones del callejero.

Foto: PSOE Ayuntamiento de Madrid.


  Votar:  
Resultado:0 puntos0 puntos0 puntos0 puntos0 puntos
  0 votos

Deje un comentario

Para dejar su comentario identifíquese o regístrese.