Luz verde a la nueva ZPAE Trafalgar-Ríos Rosas, que entrará en vigor a finales de año

Tendrá una extensión de 153,45 hectáreas, donde viven 61.000 personas, y divide el ámbito en zonas de contaminación acústica bajas, moderadas y altas


La Junta de Gobierno ha aprobado el proyecto inicial de declaración de la nueva Zona de Protección Acústica Especial (ZPAE) Trafalgar-Ríos Rosas, así como su correspondiente plan zonal específico. Se trata de la segunda ZPAE que tendrá Chamberí, tras la de Aurrerá –que en noviembre de 2016 se amplió a todo el barrio de Gaztambide– y la cuarta de la ciudad.

La ZPAE de Trafalgar-Ríos Rosas pretende dar respuesta a las quejas vecinales por ruido en estos barrios de Chamberí, refrendadas tras la campaña de medición de los niveles sonoros que durante seis meses llevó a cabo el Área de Medio Ambiente, y que concluyó que se superaban los objetivos de calidad acústica, principalmente debido al ocio y durante las noches de jueves a domingo.

Perímetro de la nueva ZPAE

La zona Trafalgar-Ríos Rosas tiene una extensión de 153,45 hectáreas y afecta a los barrios de Ríos Rosas, Trafalgar, Almagro, Arapiles y Vallehermoso, donde viven 61.000 personas. Las actividades presentes en la zona son en su mayoría bares, restaurantes y asimilables (90,5 %), con menor presencia de bares especiales (6,6 %) y de salas de fiesta y discotecas (2,8 %).

Según plantea el proyecto inicial, el ámbito espacial de la nueva ZPAE quedará delimitado por las siguientes calles: Bravo Murillo, Bretón de los Herreros, Carranza, Donoso Cortés, Espronceda, Fernández de la Hoz, García de Paredes, Génova, José Abascal, Santísima Trinidad, Magallanes, Modesto Lafuente, Monte Esquinza, Orfilia, Ponzano, Raimundo Fernández Villaverde, Ríos Rosas, Sagasta, San Bernardo, Santa Engracia, Zurbano, Zurbarán y las glorietas de Bilbao, Ruiz Jiménez, General Álvarez de Castro y la plaza de Alonso Martínez.

Zona de contaminación acústica baja

Dentro del ámbito se establecen tres zonas con características y medidas correctoras diferentes para su recuperación acústica: zona de contaminación acústica baja, moderada y alta. En todas ellas, las terrazas y quioscos de hostelería expondrán carteles recordando a los clientes el horario de cierre del establecimiento y advirtiendo que el ruido es molesto e impide el descanso de los vecinos. Además, quedará prohibida su instalación en bandas de estacionamiento.

En las zonas de contaminación acústica baja, aquellas que superan los objetivos de calidad acústica menos de 5 decibelios (dBA) en el exterior, se permite la implantación, ampliación o modificación de actividades hosteleras, desde salas de fiesta a bares de copas, siempre que se encuentren a más de 150 metros de las zonas de contaminación acústica alta, a 75 de zonas moderadas o a 50 metros de otras zonas bajas.

Por otro lado, las nuevas solicitudes de terrazas de hostelería y restauración o modificación de las vigentes tendrán un aforo límite del 50 % del aforo autorizado para el local principal. No se admitirá el uso de huecos o ventanas practicables con el exterior del local para nuevas actividades. En las existentes deberán mantenerlas cerradas en todo momento durante el funcionamiento de la actividad.

El horario para terrazas y quioscos en periodo estacional (del 15 de marzo al 31 de octubre) los viernes, sábados y víspera de festivos será de 9:00 a 1:30 h. Los lunes, martes, miércoles, jueves y domingo es de 9:00 a 0:00 h. El resto del año, para aquellas que tengan autorización para un periodo de funcionamiento anual, desde las 9:00 a las 0:00 h. No obstante, el Ayuntamiento podrá reducir el horario de funcionamiento atendiendo a razones de interés general o en aquellos casos en los que exista más de una sanción en firme en el plazo de dos años asociadas al funcionamiento de una determinada terraza.

Zonas de contaminación acústica moderada

Las zonas de contaminación acústica moderada son aquellas que presentan una superación de los objetivos de calidad acústica igual o superior a 5 dBA e inferior a 10 dBA en el ambiente exterior.

En estos casos se permite la implantación, ampliación o modificación de las actividades mencionadas si se encuentran a más de 100 metros de las zonas de contaminación acústica alta, a 75 de otras zonas moderadas o 50 metros de zonas bajas. A diferencia de la zona anterior, solo se admitirán cambios a otras actividades recreativas como tabernas y bodegas, cafeterías, bares y asimilables, chocolaterías, heladerías, salones de té, bares-restaurantes, bares y restaurante de hoteles con acceso directo desde la vía pública y salones de banquetes siempre que sean sin música.

Las calles con esta clasificación tampoco podrán tener huecos ni ventanas de locales practicables con el exterior y las nuevas solicitudes de terrazas de hostelería y restauración o modificación de las vigentes también tendrán un aforo límite del 50 % del aforo autorizado para el local principal.

El horario de terrazas y quioscos en periodo estacional (15 marzo-31 octubre) los viernes, sábados y vísperas de festivo se extiende hasta la 1:30 h y, lunes, martes, miércoles, jueves y domingo, hasta las 23:30 h. El resto del año, desde las 9:00 hasta las 23:00 h.  

Zonas de contaminación acústica alta

Las zonas de contaminación acústica alta presentan una superación de los objetivos de calidad acústica igual o superior a 10 dBA en el exterior. En esta catalogación el Ayuntamiento incluye a las plazas de Olavide, Chamberí y Quevedo, las calles de Ponzano y la mayor parte de Santa Engracia, entre muchas otras.

Para los establecimientos que se ubiquen en lugares con esta clasificación no estará permitida la implantación, ampliación o modificación de nuevas actividades como las mencionadas en las zonas anteriores. Solo se admitirán cambios a otras actividades recreativas como tabernas y bodegas, cafeterías, bares y asimilables, chocolaterías, heladerías, salones de té, bares-restaurantes, bares y restaurante de hoteles con acceso directo desde la vía pública y salones de banquetes sin música.

Comparte las particularidades de las otras dos zonas, pero el horario también es diferente, con un horario máximo de funcionamiento en terrazas y quioscos de hostelería, desde el 15 de marzo y hasta el 31 de octubre, de 9:00 a 1:00 h de viernes, sábado y víspera de festivo, y de 9:00 a 23:30 h los lunes, martes, miércoles, jueves y domingo. El resto del año, para las que tengan autorización anual, de 9:00 a 23:00 h.

Además, en los eventos celebrados donde se solicite permiso para superar los límites de emisiones sonoras, no podrán autorizarse en el periodo comprendido entre las 2:30 y las 7:00 horas.

Mediciones durante seis meses

El Área de Medio Ambiente y Movilidad realizó mediciones acústicas entre los meses de septiembre de 2021 y febrero de 2022 para determinar la situación acústica de esta zona. Durante seis meses recopilaron las mediciones de 22 ubicaciones –fundamentalmente, edificios residenciales en calles como Alonso Cano, Ponzano, Viriato, Luchana, Trafalgar u Olavide–, habiendo obtenido un total de 15.410 horas de medición.

De los datos recopilados, los técnicos municipales extrajeron las conclusiones de que el ámbito presente dos focos de ruido, el tráfico rodado y la actividad de ocio, siendo esta la fuente predominante en el periodo nocturno, de jueves a domingo, entre las 23 y las 7 horas. los resultados de las mediciones arrojaron niveles de contaminación acústica por la noche en todos los puntos medidos, principalmente las noches de los jueves, viernes y sábados.

Tras su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, el proyecto inicial deberá someterse a información pública durante 45 días para que puedan presentarse alegaciones. Una vez respondidas, deberá volver a ser aprobada por la Junta de Gobierno antes de elevar el texto definitivo a la comisión del ramo y, finalmente, al Pleno. El Ayuntamiento prevé que la ZPAE de Trafalgar-Ríos Rosas pueda entrar en vigor en el último trimestre del año.

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