¿Quiénes podrán acceder a Madrid Central?
Una vez se active Madrid Central, podrán tanto acceder como circular libremente y aparcar hasta los residentes empadronados y sus invitados –aquellos podrán solicitar un máximo de 20 invitaciones al mes para otros vehículos, que no obstante tendrán algunas limitaciones como, por ejemplo, no podrán estar más de dos horas en las plazas del SER–; también podrán hacerlo los vehículos con etiqueta CERO o ECO; aquellos que cuenten con etiqueta B o C podrán acceder, pero sólo aparcar en un garaje privado, reserva o aparcamiento de uso público; igualmente podrán acceder las personas con movilidad reducida, los propietarios de plazas de garaje y los profesionales que trabajen en la zona, aunque con limitaciones.
Los coches sin etiqueta y que, por tanto, les estará vedada la entrada, son los gasolina anteriores al año 2000 y los diesel anteriores a 2006. Según el Ayuntamiento, representan un 13% de los que circulan por la ciudad.
¿Cuándo comenzará el Ayuntamiento a multar a los infractores?
Aunque la medida entrará en vigor el 30 de noviembre, el Ayuntamiento no comenzará a enviar multas efectivas a los infractores hasta dentro de unos meses. Así, en enero comenzarán unos dos meses de prueba del sistema informático de gestión de multas –antes, el control será manual por parte de los agentes de Policía Municipal y Movilidad–, tiempo durante el cual se enviarán comunicaciones sin obligación de pago a quienes incumplan la normativa. En caso de reiteración, se remitirá una segunda carta a los 15 días. El Consistorio no ha especificado cuándo comenzarán a sancionar, aunque será en todo caso “antes de las elecciones”.
¿Cuál es el perímetro de Madrid Central?

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